El CONARP es el Consejo de Autoregulación Publicitaria. Es una asociación civíl, sin fines de lucro, que tiene como objetivo mejorar el ejercicio responsable de la libertad de expresión comercial. Esta compuesto por los miembros de la Cámara Argentina de Anunciantes (CAA) y la Asociación Argentina de Agencias de Publicidad (AAAP).
En su Código de Ética y Autoregulación Publicitaria, el CONARP hace su aporte hacia el tema de la dignidad de la mujer y cómo no afectar contra la imagen de la mujer y de la familia en general.
• Artículo 4º.- La publicidad debe evitar todo aquello que lesione los conceptos y valores esenciales de la sociedad como son, entre otros:
a) las personas,
b) la familia,
c) la patria, sus símbolos y próceres,
d) las normas legales vigentes,
e) las autoridades,
f) las instituciones,
g) las religiones,
h) el patrimonio cultural y las tradiciones,
i) el trabajo.
• Artículo 5º.- En consecuencia, la publicidad no debe contener expresiones o representaciones visuales o auditivas, ni alusiones impropias que:
1. Ofendan la moral o las buenas costumbres prevalecientes en la sociedad y en las comunidades que la componen.
2. Ofendan a la patria, a las naciones, sus símbolos, próceres y autoridades.
3. Ofendan en cualquier modo a las instituciones, cualquiera sea su género o composición.
4. Ofendan los sentimientos religiosos.
5. Estimulen actividades ilícitas y el desacato a las leyes y autoridades.
6. Estimulen cualquier forma de discriminación.
Denominamos Publicidad Sexista a la que representa a las mujeres de forma indigna, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como un objeto sin relación directa con el producto que se pretende promocionar o bien utilizando su imagen asociada a comportamientos tradicionalmente asignados a las mujer de forma discriminatoria, que pueda generar violencia contra ellas
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